domingo, 13 de marzo de 2016

Más seguridad en las Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid.

El pasado 10 de marzo el pleno de la Asamblea de Madrid aprobó una Proposición No de Ley en la que se insta al Consejo de Gobierno a modificar el vigente Decreto 147/1998, de 27 de agosto, de protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el servicio de suministro de gasolinas y gasóleos de automoción en instalaciones de venta al público, para incorporar como disposición adicional el siguiente texto: 

"Todas las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleos de automoción deberán disponer en la propia instalación, mientras permanezcan abiertas y en servicio, al menos de una persona responsable, debidamente formada, de los servicios que en ella se prestan, al objeto de garantizar el ejercicio de los derechos reconocidos en el presente decreto. En el caso de personas con discapacidad física que les impida el suministro en régimen de autoservicio, serán atendidas por una persona responsable de las instalaciones". 

Además, se incorpora una nueva sanción para todas aquellas estaciones de servicio que no cumplan con esta nueva disposicion. 

Éste fue un acuerdo tomado por la unanimidad de los Grupos Parlamentarios, a instancias del Grupo Parlamentario Socialista. Cuando se hacen cosas en beneficio de los ciudadanos, los acuerdos vienen solos. 

A continuación os dejo el texto de mi intervención en el pleno del pasado 10 de marzo. 

4.1 Expte: PNL 102(X)/15 RGEP 6090 Autor/Grupo: Grupos Parlamentarios Popular, Socialista, Podemos Comunidad de Madrid y de Ciudadanos.
Objeto: La Asamblea de Madrid insta al Consejo de Gobierno a: Modificar el vigente Decreto 147/1998, de 27 de agosto, de protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el servicio de suministro de gasolinas y gasóleos de automoción en instalaciones de venta al público, para incorporar como disposición adicional el siguiente texto: "Todas las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleos de automoción deberán disponer en la propia instalación, mientras permanezcan abiertas y en servicio, al menos de una persona responsable, debidamente formada, de los servicios que en ella se prestan, al objeto de garantizar el ejercicio de los derechos reconocidos en el presente decreto. En el caso de personas con discapacidad física que les impida el suministro en régimen de autoservicio, serán atendidas por una persona responsable de las instalaciones".

Gracias Señora Presidenta, Señorías,

Quiero agradecer la presencia de los representantes de la Federación de Industria de UGT, y de la Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid.
Con ellos hemos trabajado el acuerdo que tomaremos en unos minutos. 

Muy brevemente para comentar de manera somera lo que se pretende acordar con esta Proposición No de Ley que hemos acordado los cuatro grupos parlamentarios. Quiero hacer expresa mención, una vez más, de la voluntad que ha reinado para poder acordar esta resolución que el Grupo Parlamentario Socialista considera muy importante para los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Como saben sus Señorías, a raíz de la aprobación del Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de Febrero (hoy Ley 11/2013, de 26 de Julio), de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, el gobierno de España liberaliza la instalación de estaciones de servicio de carburantes en polígonos industriales y otras zonas y establecimientos, así como la posibilidad de que éstas funcionen por procedimientos automáticos. Ésta posibilidad se hace con independencia de la legislación urbanística autonómica y de la normativa urbanística municipal. Según la exposición de motivos de esta Ley, esta medida se considera justificada por “razones de interés nacional, velar por la estabilidad de precios de los combustibles de automoción y adoptar medidas directas de impacto inmediato sobre el precio de los carburantes, al tiempo que permitan un funcionamiento más eficiente del mercado”.

Esta medida afecta de manera directa a la seguridad, ya que no se pueden atender siniestros si no hay operarios disponibles para ello.  

También afecta al empleo, ya que el no necesitar personal para la atención del suministro y de las posibles incidencias, provoca el despido directo de buena parte de los 5000 trabajadores del sector que hoy trabajan en la Comunidad de Madrid.

Es una clara invasión de las competencias urbanísticas municipales y autonómicas, en tanto en cuanto las primeras tienen que ser ratificadas por la autoridad autonómica.

La pérdida de derechos a los consumidores en general y a personas con capacidades especiales en particular culmina la lista de inconvenientes de esta Ley.

Por eso, para paliar estos perjuicios en los que coincidimos trabajadores, empresarios y grupos políticos, se hace necesario modificar el actual Decreto de protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el servicio de suministro de gasolinas y gasóleos de automoción en instalaciones de venta al público.

Un trabajador o trabajadora, debidamente formada, estará en dichas estaciones siempre que permanezcan abiertas.

Se establece, además, un régimen de sanciones para quienes incumplan lo dispuesto en la modificación propuesta.

Mi Grupo vigilará que el cambio legal de este Decreto, propuesto hoy, se apruebe cuanto antes. Estoy seguro que el resto de los grupos parlamentarios harán lo mismo.

Este es un compromiso al que mi Portavoz, Ángel Gabilondo, llegó con los empresarios, y que hicimos extensivo a los sindicatos. Es una gran satisfacción haber cumplido otro acuerdo, otra solución justa que materializamos hoy.  

Gracias Señora Presidenta.  



No hay comentarios:

Publicar un comentario